viernes, 24 de octubre de 2008

El mudéjar Patrimonio de la Humanidad

Indica el año en el que el mudéjar aragonés fue declarado Patrimonio de la Humanidad y los criterios que justificaron esta declaración.

El Departamento de Cultura y Turismo del Gobierno de Aragón, a través de la Dirección General de Patrimonio Cultural, propuso a la UNESCO la ampliación a todo el Mudéjar de Aragón. Esta candidatura fue aprobada el 14 de diciembre de 2001 declarando el mudéjar de Aragón como bien singular, universal e irreemplazable para la Humanidad y ejemplificando dicha declaración en los siguientes bienes: el Palacio de la Aljafería; la Seo del Salvador y la iglesia de San Pablo de Zaragoza; la Colegiata de Santa María de Calatayud; la iglesia de la Asunción de Cervera de la Cañada y la iglesia de Santa María de Tobed.»

Consulta en la página siguiente quienes son los mudéjares

http://www.aragob.es/edycul/patrimo/index.html

Los andalusíes que permanecieron en territorio cristiano sometidos mediante diversos pactos después de la conquista cristiana, ya fuera agrupados en comunidades o aljamas, ya desvinculados de ellas como siervos o "exaricos", fueron denominados generalmente "moros de paz" durante toda la Edad Media. El uso del término mudéjar para referirlos, muy relacionado con su generalización entre los historiadores del arte, es por lo tanto relativamente reciente.

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TORRE MUDEJAR DE MONZALBARBA

De la antigua iglesia de San Miguel Arcángel de Monzalbarba solo se cosnserva su torre mudejar y una capilla.
La Torre es obra del siglo XVI, en ladrillo, compuesta de tres cuerpos cuadrados, el primero almenado, el segundo con frisos de esquinillas y rombos y el tercero con dos vanos por lado, ligeramente apuntados, cegados y decoración de rombos.
Le sigue un ultimo cuerpo octogonal, mas tardio, con un vano por lado en arco de medio punto doblado, con molduras concavas.
La actual parroquia obra reciente, sin interes arquitectónico , conserva algunas imágenes procedentes de la antigua como una Virgen del Rosario del primer tercio del siglo XVII, de tipo Romanista.








1 comentario:

el profesor dijo...

Criterio IV. Por ser un ejemplo excepcional de un tipo de edificio, conjunto arquitectónico o tecnológico o paisaje que ilustra un periodo significativo en historia humana.-8-